Los tribunales dan la razón a San Bartolomé en la tasa de basura a Aena

San Bartolomé

María Dolores Corujo, alcaldesa de San Bartolomé, confirmaba hoy lunes que el Juzgado de lo Contencioso Administrativo nº 6 de Las Palmas, ha dado nuevamente la razón al Ayuntamiento de San Bartolomé ante recurso interpuesto por Aena contra la liquidación de la tasa por la prestación del servicio de recogida de basura comercial del ejercicio presupuestario 2010, girada por un importe de 149.110€.

“Utilizando como principal argumento para su defensa Aena, que el servicio de recogida de basura únicamente recoge un 10% del total de basura, justificando así que no le correspondería abonar esta cifra porque, según Aena, había un incumplimiento del principio de equivalencia entre el coste del servicio y el importe de la tasa solicitada. Pretendiendo pagar la irrisoria cuantía por el servicio de unos 3.000€”, explica la alcaldesa.

La sentencia de 12 de noviembre de 2015, confirma que la liquidación practicada por el Ayuntamiento de San Bartolomé por importe de 149.110€ es ajustada a derecho, ya que la cuota a pagar en concepto de tasa va en función de los metros cuadrados del inmueble o local y el tipo de actividad, además de indicar que constituye un hecho acreditativo la efectiva prestación de servicio.

El Ayuntamiento de San Bartolomé acreditó que se presta el servicio en aquellos puntos donde se le permite el acceso no pudiendo extender el servicio a todo el recinto aeroportuario por no tener acceso, motivos ajenos a la voluntad de la Corporación.

Según sentencia “lo que no puede pretender Aena es que el servicio público se adapte a sus conveniencias y necesidades. Aena tiene que cumplir con la seguridad y también con la obligación de poner la basura fuera de la zona restringida, empeñándose en ponerla donde no tiene acceso el Ayuntamiento”, concluyen.

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