El TSJC tumba los últimos cambios en la Policía Local y la USCI de la ciudad

El concejal de Vecinos Unidos, Andrés Medina, ha hecho pública la sentencia del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 1 del Tribunal Superior de Justicia de Canarias que «anula» la reestructuración de la Policía Local de Arrecife y de la Unidad de Seguridad Ciudadana e Intervención (USCI) realizada en su día por el jefe del cuerpo, “con el agravante de que la representación del Ayuntamiento no acudió al juicio”, subraya el edil de la oposición en su información.

El concejal de Vecinos Unidos recuerda que en julio de 2017, el actual jefe de la Policía Local de Arrecife emitió un comunicado oficial poniendo en funcionamiento la USCI, a la que asignaba una serie de horarios diferenciados con respecto al resto de los agentes; algo que se justificaba “por razones de operatividad y eficiencia y para mejorar los parámetros de eficacia en el servicio”.

Esta reestructuración de la plantilla policial provocó que el 21 de agosto de 2017, desde la dirección policial se “asignó en algunos casos, turnos de mañana y tarde y, sólo de forma excepcional, la realización de turnos de noche (…). Y se varió, en algunos supuestos, la regla habitual de 6 días de trabajo efectivo y 4 días de descanso e indicó, en otros, que el horario de trabajo sería posteriormente comunicado por los mandos encargados de la coordinación”.

Esta circunstancia fue impugnada por Intersindical Canaria, y posteriormente denunciada en los tribunales por el mismo sindicato debido a que consideraban que “no es conforme a derecho, pues se ha omitido la obligación de previa negociación colectiva en la mesa sectorial correspondiente, se ha dictado por órgano incompetente y ha modificado el acuerdo laboral vigente sobre jornada y horario de trabajo”.

La justicia ha estudiado el acuerdo del Ayuntamiento de Arrecife, en cuyo apartado 7.1 se establece que “los servicios de los distintos grupos operativos se presentarán en turnos de 8 horas efectivas diarias de acuerdo con la consiguiente distribución: 2 turnos de mañana, 2 turnos de tarde, 2 turnos de noche, 1 día de descanso por saliente de servicio de noche y 3 días de descanso consecutivos”.

La sentencia del TSJC declara «no conforme a Derecho el acto administrativo impugnado», anulándolo y ordenando «la retroacción de actuaciones a fin de dar cumplimiento a la obligación de negociación colectiva en la mesa sectorial correspondiente».

Sobre este asunto, según la sentencia del TSJC, “la vigencia actual no ha sido negada por la administración pública demandada”.

Otro de los aspecto que denuncia Andrés Medina es que “resulta más grave aún que durante el juicio el Ayuntamiento no haya comparecido en sala, pese a que fue notificada, con fecha de 12 de febrero de 2018, en la sede de la corporación municipal”, critica hoy Medina.

1 respuesta

  1. 7 agosto, 2018

    […] sentencia del TSJC que tumbaba los últimos cambios en los horarios laborales de la Policía Local de […]

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