Ahora el médico de Urgencias podrá expedir la baja médica del trabajador
Este martes 1 de diciembre entra en vigor el nuevo sistema de bajas médicas. Entre las novedades que presenta la normativa -que establece cuatro tipos de bajas en función de su duración y que modifica el sistema de cálculo de los días de baja y de renovación de los partes, que ya no será semanal- se encuentra el hecho de que los médicos de los servicios de urgencias también podrán dar las bajas médicas.
Así, ya no serán exclusivamente los médicos de cabecera los que den la baja. Ahora, si un paciente acude a urgencias y es tratado allí, el médico, una vez concluida la atención, decidirá si procede dar de baja al paciente y por cuento tiempo.
Hay que recordar que el trabajador deberá presentar a su empresa la copia que tendrá de los partes de baja y también de los siguientes partes de confirmación en los tres días siguientes a su expedición por el médico.
El alta debe comunicarse a la empresa en las 24 horas siguientes a haberla recibido.