ASCAV celebra y es prudente al tumbar el Decreto de alquiler vacacional

Ya se ha dictado la primera de las cinco sentencias pendientes respecto al Decreto que aprueba el Reglamento de las Viviendas Vacacionales en Canarias, cuyo resultado es «contundente», según la Asociación Canaria de Alquiler Vacacional (ASCAV).

La sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Canarias de 21 de marzo de 2017 anula principalmente los puntos críticos del Decreto 113/2015 relativos a la prohibición de las viviendas vacacionales en zonas turísticas y la prohibición del Bed & Breakfast.

ASCAV lo venía denunciando desde la misma entrada en vigor de la norma: “El Decreto del Alquiler Vacacional obedece única y exclusivamente a satisfacer las exigencias de una patronal hotelera específica, perjudicando los intereses no solo de miles de canarios y residentes particulares, sino también de la economía local, como denunciaron el pasado 29 de marzo de 2017 la Federación de Trabajadores Autónomos de Canarias, Federación de Desarrollo Empresarial y Comercial de Canarias, Colegio de Administradores de Fincas de Tenerife, etc.”

El contenido de la sentencia no puede ser más demoledor, según ASCAV. El propio TSJ califica de auténtica “falacia” los argumentos del Gobierno de Canarias para excluir las viviendas vacacionales de las zonas turísticas, añadiendo que “la única explicación plausible a esta cortapisa es que con ello se trata de favorecer la oferta de productos alojativos tradicionales implantados mayoritariamente en estas zonas turísticas, vulnerando con ello la libre competencia en la prestación de servicios.

El TSJ entiende “injustificada” la prohibición del Bed & Breakfast (alquiler de habitaciones por particulares, hostels, surf camps etc.) pues “no hay razones para exigir a un cliente que solo desea contratar una habitación para alojarse, asumir el coste del arrendamiento de la totalidad de la vivienda, si el propietario desea ofrecerle este servicio. La norma persigue de manera evidente evitar que se ponga en el mercado un producto que por su precio reducido compita con la oferta del alojamiento hotelero, lo cual lesiona la libre competencia”.

Igualmente es significativo que la sentencia haya condenado en costas al Gobierno de Canarias, toda vez que “las pretensiones han sido estimadas en lo sustancial”; costando dinero público a todos los canarios pese a los reiterados argumentos aportados por ASCAV (incluido informe jurídico de la ULPGC incluido)

No obstante, ASCAV mantiene la prudencia toda vez que la sentencia aún no es firme, pues el Gobierno de Canarias puede interponer recurso ante el Tribunal Supremo. A este respecto, la cuestión es: ¿El Gobierno de Canarias va a continuar dilapidando fondos públicos de todos los canarios para beneficiar a un sector de un lobby hotelero concreto recurriendo el Decreto, o de una vez por todas va a permitir que todos los canarios se beneficien del turismo?

Se estima que tras esta sentencia que resuelve los recursos presentados por la Comisión Nacional de los Mercados y de la Competencia (CNMC) y FEVITUR, en los próximos días sea dictada la sentencia ante el recurso presentado por la propia Asociación Canaria del Alquiler Vacacional.

Fuente: ASOCIACIÓN CANARIA DE ALQUILER VACACIONAL.

1 respuesta

  1. 28 abril, 2017

    […] de las viviendas vacacionales de Canarias, para que se incorporen las correcciones contenidas en la última sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Canarias […]

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