Una segunda sentencia vuelve a validar la tasa de San Bartolomé a los parques

En la mañana de hoy lunes el Ayuntamiento de San Bartolomé ha recibido notificación de una nueva sentencia judicial que vuelve a dar la razón al consistorio con respecto al canon de los dos parques eólicos que Inalsa proyecta en terrenos de este municipio -y en los de Teguise y Arrecife- según la información facilitada por la corporación local.

Esta misma polémica entre instituciones se mueve en tres sedes judiciales diferentes porque afecta a distintas infraestructuras de los futuros parques que promueve la empresa pública.

Esta segunda sentencia ratifica de nuevo que Inalsa está obligada a hacer frente al canon urbanístico en relación a dos proyectos de parques eólicos en Montaña Mina, por cuantías de 245.678 y 516.977 euros, que corresponde al gravamen establecido por el Ayuntamiento a la ocupación de suelo rústico en su municipio.

Vuelve así la justicia a pronunciarse en los mismo términos, dando la razón a la institución municipal y condenando a Inalsa al pago de las costas judiciales.

Tan equivocados no estábamos”, recalca hoy el concejal de Hacienda, Antonio Rocío, “cuando que esta mañana este Ayuntamiento recibió la notificación de registro de entrada del Juzgado de lo Contencioso Administrativo nº4 de Las Palmas desestimando el recurso interpuesto por Inalsa contra el canon”.

Por su parte, la alcaldesa María Dolores Corujo recalcaba que “no se trata de una decisión de carácter político, ya que el canon viene establecido por el artículo 62.3 del Decreto Legislativo 1/2000 de 8 de enero y el Ayuntamiento se ha limitado a aplicar la legislación vigente. La actitud del Presidente del Cabildo, Pedro San Ginés, demagógica y de falta de respeto total a la vecindad del municipio muestra irresponsabilidad siendo inadmisible que responsabilice al Ayuntamiento de la viabilidad del proyecto. San Bartolomé no va a renunciar a ingresos que benefician a las arcas municipales y por tanto a la vecindad”, rechazando nuevamente la invitación del Consorcio de desistir de su cobro que hoy la Ley del Suelo dejaría sin efecto.

Antes de esta nueva resolución, la otra sentencia que daba la razón a San Bartolomé se producía el 30 de abril de 2018, cuando el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo Número 1 desestimaba la demanda presentada por el Cabildo lanzaroteño contra el Ayuntamiento.

La corporación insular ya ha señalado que recurrirá la primera decisión ya que consideran que la sentencia “no entra en el fondo de la demanda solo considera que no está ajustada a derecho, porque el recurso se presenta un día más tarde de la fecha límite”, según anotan desde el Consorcio, desde donde apuntan que alegarán en el recurso que fueron notificados tarde, “ya que el Ayuntamiento entrega la notificación a Canal Gestión Lanzarote, empresa que no tiene nada que ver con Inalsa que es la empresa titular del Parque”.

El Consorcio de Aguas de Lanzarote, a través de Inalsa, sigue considerando “una exageración y un despropósito el canon”, y ha aprobado en la última Asamblea del ente establecer una derrama para que los ayuntamientos asuman solidariamente el gasto.

1 respuesta

  1. Clarín dice:

    ¿ El Chaplón, lleva la misma línea editorial que : La Voz y Diario de Lanzarote ?. Es que últimamente se me parecen en algunos empecinamientos.

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