Competencia multa a una gasolinera por no informar de sus precios

La Comisión Nacional de Mercados y la Competencia (CNMC) ha sancionado con 1.866 euros a la estación de servicio perteneciente a Campsa Estaciones de Servicios, S.A. (Repsol) situada en Arrecife, como responsable de “una infracción grave” de la Ley 34/1998, de 7 de octubre, del Sector de Hidrocarburos.  

En concreto, la estación de servicios CNA/G94/089 incumplió la obligación de remisión de información requerida por la Orden ITC/2308/2007, de 25 de julio, al Ministerio de Industria, Turismo y Comercio sobre las actividades de suministro de productos petrolíferos; entre otros y más concretamente, no remitió los precios semanales y las cantidades anuales vendidas.

La Dirección General de Política Energética y Minas (Ministerio de Industria) informó a la CNMC sobre la falta de actualización de ciertos datos censales de la estación de servicio CNA/G94/089, así como la falta de comunicación de precios de periodicidad semanal mínima.

Una vez instruido el expediente, la CNMC ha declarado a la estación señalada como responsable de una infracción grave, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 110 de la Ley 34/1998, de 7 de octubre, del Sector de Hidrocarburos y, en consecuencia, les ha impuesto una multa de 1.866 euros.

La Resolución puede ser recurrida ante la Audiencia Nacional en el plazo de dos meses.

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